Policía y empresario imputados por infundir temor en la población
Ambos inventaron audios y los enviaron por WhatsApp produciendo que se viralicen y generando incertidunbre y temor en la sociedad que está sensibilizada por la pandemia.
Ambas causas son realizadas por por infundir temor en la población con información falsa, situación penada por el artículo 211 del Código Penal, que tiene una pena de hasta seis años de prisión. Más costas patrimoniales.
El policía fue descubierto y sumariado por la misma fuerza El otro por actuación inmediata de la Gendarmería Nacional. A ambos se les secuestró celular y se llevaron adelante otras medidas.
El audio del policía hablaba de una señora que tenía coronavirus y que estaba internada en el Schestakow, mientras que el audio del empresario se refería a otro caso en el Valle de Las Leñas.
ELSANRAFAELINO.COM

