Habilitaciones, una por una: todo lo que tenés que saber para las fiestas
El ministro de Gobierno, Víctor Ibañez, detalló cuáles son las nuevas habilitaciones que se establecieron en la provincia a partir del decreto oficial que flexibiliza el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio en Mendoza.
«Hay que recordar que todo se mantiene con las normas que ya conocemos: la distancia mínima, barbijo y sanitización», aclaró Ibañez.
Horarios
- Se deja sin efecto la restricción de circulación que existía entre la 1 y las 5 de la mañana. Los ciudadanos pueden estar en la vía pública en cualquier horario.
- Los negocios y locales podrán extender y manejar horarios de atención al público para evitar que la gente se aglomere al hacer las compras de fin de año.
- Todas las actividades quedan sujetas a las disposiciones municipales vigentes: los bares, restaurantes y demás actividades podrán extender su horario de atención nocturno si los departamentos y la normativa vigente lo permiten.
Eventos
- Los salones de eventos que no tengan espacios al aire libre están habilitados con un máximo de 50% de ocupación o 75% si cuentan con amplia ventilación, con mesas de hasta 6 personas y con dos metros de distancia entre ellas.
- Los lugares de eventos que tengan espacio al aire libre podrán recibir hasta un máximo de 250 personas, siempre que se garantice un metro cuadrado por persona. Por más que el sitio tenga más capacidad de espacio, no se podrá sobrepasar el límite permitido.
- Los salones que no estén habilitados para funcionar como restaurantes tendrán que solicitar habilitación municipal y funcionar bajo esos lineamientos.
- Cualquier otro evento, como una fiesta nómada, tendrá que pedir autorización en la Subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento, dependiente del Ministerio de Seguridad.
- Las reuniones familiares se podrán realizar, cumpliendo las normas sanitarias y de distanciamiento, con hasta 20 personas en los domicilios.
Transporte
- Se levantó la restricción a la utilización de transporte público.
- Se prorrogó el plazo para circular con licencias de conducir que hayan vencido el 1 de marzo de este año, hasta el 30 de junio de 2021. No se labrarán multas.
Fuente: El Sol

