Este es el proyecto de Rodolfo Suarez para encarcelar a quienes hagan reuniones clandestinas

Este es el proyecto de Rodolfo Suarez para encarcelar a quienes hagan reuniones clandestinas

Consta de un solo artículo y apunta a incorporar de forma transitoria un artículo en el Código de Contravenciones de la Provincia. Habla de arrestos que van de los 15 a los 30 días y trabajos comunitarios para quienes organicen reuniones.

Hace exactamente una semana el gobernador Rodolfo Suarez anunció que extremaría las medidas sancionatorias para las personas que incumplan los parámetros del aislamiento que rige en Mendoza. En concreto, el proyecto de ley establece la inclusión de un artículo en el Código de Contravenciones de la Provincia que pena a quienes organicen reuniones que no respeten los límites que se han dispuesto por decreto.

Según expresa el proyecto que ha ingresado a la Legislatura, incorporaría en forma transitoria un artículo 119 bis. El mismo regiría sobre los «incumplimientos de normativa de emergencia en materia sanitaria».

«El que organizare y/o alojare reuniones que impliquen incumplimiento de las normas que regulan estas actividades y las instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, dictadas durante la Emergencia Pública ratificada por Ley Nº 9220, será sancionado con arresto desde 15 días hasta 30 días o trabajo comunitario desde 60 días hasta 80 días», señala el texto que envió Suarez a la Casa de las Leyes.

Pero además, agrega que «en caso de reincidencia la sanción se elevará al doble de su mínimo y máximo”.

Según esgrime el mandatario el proyecto fue enviado «en virtud de los cambios producidos en la situación epidemiológica de la Provincia, y habiendo constatado ciertos incumplimientos respecto de las normas generales, como al protocolo previsto en el Decreto Acuerdo N° 700/2020 en lo atinente a reuniones sociales». «Con el consecuente incremento del riesgo de propagación del Virus Covid-19 SarS CoV 2, por Decreto Acuerdo Nº 775/2020 se modificaron las condiciones de autorización respecto de las reuniones familiares. En tal sentido, se han limitado a los días sábados, domingos y feriados exclusivamente, con un máximo de diez (10) personas y sin limitaciones en razón de la cercanía», agrega en los considerandos de la norma.

En base a ello, si la ley se aprueba todas las personas que organicen reuniones familiares de más de diez personas o encuentros con amigos en domicilios estarán expuestos a severas sanciones que pueden llegar hasta 60 días de arresto en caso de reincidencia.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *