La ANMAT prohibió la venta de una marca de miel

La ANMAT prohibió la venta de una marca de miel

El producto estaba “falsamente rotulado”. El organismo lo catalogó como “ilegal”.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de un producto riojano que suele emplearse para cocinar, preparar infusiones y acompañar meriendas. Se trata de la miel elaborada para «Agro Andina Sociedad Anónima” en Chilecito, provincia de La Rioja. La medida es de alcance nacional y fue publicada en el Boletín Oficial.

El motivo

Una investigación realizada por el Departamento Provincial de Bromatología de la provincia de Chubut impulsó la prohibición. Según indica la disposición 8111/2020, el producto “no cumpliría con la legislación sanitaria vigente”.

La investigación evidenció que el artículo se hallaba en infracción porque estaba “falsamente rotulado”, ya que carecía “de autorización de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA)”. Además, fue catalogado como un alimento “ilegal”.

“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara cómo fueron producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”, señaló el informe.

La ANMAT frenó este producto. (Foto: ANMAT).
La ANMAT frenó este producto. (Foto: ANMAT).

“A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente ni su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización”, detalla el documento oficial.

 

El Código Alimentario Argentino (CAA) indica que los establecimientos productores, elaboradores y fraccionadores de alimentos deben contar con ciertas autorizaciones antes de comenzar a distribuir sus artículos. Los trámites de inscripción y autorización tienen que estar aprobados por la autoridad sanitaria competente, así como también, los correspondientes al manejo de productos alimenticios. Una vez que la entidad autoriza y aprueba al establecimiento o artículo en cuestión, se le otorga un número de Registro Nacional.

El Registro Nacional de Establecimiento (RNE)

Este certificado se le otorga a una empresa que elabora productos alimenticios o suplementos dietarios. Es una constancia que valida al establecimiento y que lo habilita a desarrollar la actividad que previamente declaró.

El Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA)

Es un comprobante que se entrega luego de haber tramitado el RNE. En este caso, la autoridad sanitaria correspondiente se ocupa de validar cada producto que se elabora, produce, fracciona, importa o exporta en la empresa.

Fuente: TN

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