Le negaron un aborto no punible y ahora deberán pagarle casi medio millón
Una mujer corría riesgo de muerte por una enfermedad congénita y se le recomendó un aborto, pero se lo negaron. Ahora, el Estado de Entre Ríos deberá indemnizarla.
La Justicia ordenó al Estado entrerriano, en un histórico fallo, indemnizar a una mujer a quien se le negó un aborto no punible siete años atrás. Los Jueces consideraron que se violó su derecho humano a la salud y a decidir no tener más embarazos.
La mujer tenía 36 años, era pobre y sufría una patología cardíaca congénita, que le ocasionaba un cuadro de deficiencia de oxígeno crónica. Su estado se agravó a partir de un embarazo que no podía continuar. El 4 de agosto de 2011 se acordó en un ateneo interdisciplinario, en Paraná, realizar un aborto terapéutico, contemplado en el artículo 86 del Código Penal. Ella dio su consentimiento.
Una semana después, en el momento en que estaba entrando al quirófano, en el Hospital San Martín, irrumpió un médico pro vida, ajeno a la institución, que amenazó a sus colegas con denunciarlos si seguían adelante con el aborto, y lo interrumpieron.
La mujer fue trasladada de urgencia al Hospital Posadas, donde le hicieron una cesárea, tuvo una niña y a los siete días sufrió un ACV, cuando todavía estaba internada, que le provocó la parálisis de la parte izquierda del cuerpo. La mujer, demandó al Estado de Entre Ríos y ahora la Cámara Segunda de Paraná confirmó un fallo de primera instancia que ordenó una indemnización por 500 mil pesos por los daños que le ocasionó a la salud el haberle impedido un aborto legal.
Fuente: La 100

