Libre de humo: prohíben fumar en ciertos lugares de la Capital mendocina

Libre de humo: prohíben fumar en ciertos lugares de la Capital mendocina

El Concejo Deliberante modificó el Código de convivencia ciudadana para ampliar la prohibición de cigarrillos, vapeadores y cigarrillos electrónicos. Colocarán carteles y desde el Municipio harán reuniones con vecinos y autoridades escolares para concientizar a la población.

La Ciudad de Mendoza le puso límites a los fumadores y además de las plazas y parques, que ya estaban consignados en una normativa anterior, ahora tampoco se podrá encender un cigarrillo en la puerta de las escuelas y hogares para ancianos.

A través de la Ordenanza 4.170, que fue aprobada el martes por el Honorable Consejo Deliberante, se derogó el artículo 1 de la norma 3999/2020, modificando, de esta manera, el Código de Convivencia Ciudadana, restringiendo más los espacios públicos.

La medida abarca también a cigarrillos electrónicos y otros sistemas de vapulación electrónica.

Fumar expone a numerosas sustancias perjudiciales para la salud, provocando una dependencia peligrosa siendo una de las principales causas de muerte en el mundo y Argentina, calculando una cantidad de 40.000 muertes cada año, esto produce daño en el sistema vascular y la disminución del transporte de oxígeno a los tejidos de nuestro organismo, generando enfermedades cardiovasculares, pulmonares, reproductiva, corporales, cancerígenas y llega hasta el deceso de la persona“, destaca la norma en los considerandos.

A su vez, señala que “el tabaquismo no solo afecta a fumadores, sino también a personas no fumadoras que están expuestas al humo de tabaco por convivir con fumadores. En especial, esta situación resulta sumamente perjudicial para los niños, niñas y adolescentes en los que puede llegar a causar complicaciones de salud y trastornos en el desarrollo y comportamiento”.

Los horarios y lugares donde no se podrá fumar

El artículo 2 de la Ordenanza señala que no se podrá fumar en las plazas, parques y paseos públicos en que haya áreas de juego para niños y areneros.

Tampoco se podrá hacer en lugares con circuitos aeróbicos y/o sectores para la práctica de deportes y recreación infantil.

A su vez, quedó prohibido encender cigarrillos en veredas de establecimientos de atención e internación de niños y adultos y en los de hogares para ancianos las 24 horas.

Lo mismo que en centros de enseñanza de cualquier nivel, inclusive instituciones donde se realicen prácticas docentes en cualquiera de sus formas mientras permanezcan abiertos.

Cada uno de estos lugares quedarán delimitados por el Departamento Ejecutivo Municipal como espacios públicos “libres de humo”.

Fuente: Elsol