Suspenden el corte de servicios hasta marzo de 2021
La extensión de la prohibición abarca a usuarios particulares, monotributistas y asociaciones civiles.
La suspensión del corte de servicios por falta de pago se extenderá hasta marzo de 2021. La medida fue anunciada este jueves por el Ministerio de Desarrollo Productivo y abarca a los servicios de energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable.
A través de su cuenta de Twitter, el organismo nacional anunció la prórroga de la medida que alcanza a usuarios particulares; monotributistas categorías C y D; y asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales.
Qué servicios abarca
- Energía eléctrica
- Agua corriente
- Gas por redes
- Telefonía fija y móvil
- Internet
- Televisión por cable
En caso de falta de pago de 6 facturas consecutivas o alternasdurante un lapso prorrogado hasta el 20 de marzo de 2021.
A través de su sitio web, la cartera comandada por Matías Kulfas, indicó que la norma «incluye tanto a las MiPyMES descriptas en la Resolución 173/2020, Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INAES y a las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria».
En ese sentido, abarca también a «los usuarios residenciales detallados en el Decreto 311/2020, entre los que se incluyen monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil».
Qué hacer en caso de corte de servicio
Aquellos usuarios que se encuadren dentro de la norma y registren corte en alguno de los servicios detallados deberán reclamar a:
- MiPyMES y Cooperativas de trabajo: Entes Reguladores del servicio correspondiente (Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE); Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS); Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) y Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), para reclamos por telefonía fja o móvil, internet y TV por cable).
- Usuarios residentes: Dirección Nacional de Defensa de las y los Consumidores o sitios webs de los Entes Reguladores correspondientes a cada servicio.

