Una jueza ordenó suspender la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en Chaco

Una jueza ordenó suspender la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en Chaco

Marta Beatriz Aucar de Trotti hizo lugar a una medida cautelar. Argumentó que la norma va en contra de la Constitución provincial.

Una jueza de Chaco hizo lugar este jueves a una medida cautelar presentada para suspender la recientemente sancionada Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Fue luego de que particulares solicitaron que se declare inconstitucional la norma al sostener que la Constitución provincial garantiza el derecho “a la vida y a la libertad desde la concepción”, por lo que “debe primar la interpretación de la ley más favorable a la persona humana”.

La jueza Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº19 de Resistencia, habilitó la feria judicial y aceptó el planteo al entender que, “desde la perspectiva de las competencias se encuentran facultades delegadas, no delegadas y concurrentes” entre el Gobierno nacional y las provincias y que, en donde ambos regulan sobre un mismo tema, debe aplicarse la “ley más favorable, siguiendo el criterio de darle mayor valor a los derechos de la persona humana”.

En esa línea, en el fallo al que accedió TN.com.ar, sostuvo que la medida judicial es legítima ya que “el compromiso de la defensa de la vida desde la concepción” es competencia del Gobierno de Chaco junto con el Ministerio de Salud Pública provincial. “Ante la presencia de los derechos difusos o colectivos, corresponde claramente una respuesta y control jurisdiccional colectivo y apropiado para garantizar la debida protección del bien jurídico invocado (en este caso, el derecho a la vida de los niños por nacer)”, remarcó.

En la medida cautelar, los solicitantes argumentaron que la ley de IVE “restringe, menoscaba, violenta, limita y altera la existencia del derecho a la vida del niño por nacer”. Por eso, pidieron que la respuesta de la Justicia sea “rápida y eficaz”, ya que, en caso de demorarse, se pondrían en riesgo “a uno, dos, tres, cien o miles de niños y niñas chaqueñas, ante la amenaza real cierta y concreta de la entrada en vigencia de la norma, que favorecería el aborto libre”. Ahora, organizaciones de mujeres y el Gobierno provincial podrían apelar la medida judicial.

¿Qué establece la Ley 27.610?

La IVE entró en vigencia en todo el territorio nacional el domingo. La ley garantiza el derecho al aborto en las primeras 14 semanas de gestación. Después de ese plazo, no está permitido realizar la práctica, excepto los casos contemplados en el Código Penal.

La interrupción del embarazo de forma legal, segura y gratuita está garantizada porque forma parte del Programa Médico Obligatorio (PMO), que abarca al sistema de salud público, privado y de las obras sociales. Las mujeres y personas gestantes tienen derecho a acceder a la práctica en un plazo máximo de 10 días corridos desde la solicitud.

Además, la ley establece el derecho de la persona que requiera el aborto a recibir servicios médicos y psicológicos después de la intervención. Los médicos no pueden alegar objeción de conciencia para negarse a prestarla. En caso de incumplir con esa obligación, podrían recibir sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles.

Para garantizar el cumplimiento de la norma, el Ministerio de Salud en conjunto con la Superintendencia de Servicios de Salud puso a disposición la línea telefónica 0800-222-3444, que ya se utilizaba en todo el país como espacio de consulta para la población y equipos médicos sobre salud sexual y reproductiva. Ahora también recibe denuncias y reclamos sobre obstrucción de acceso al aborto legal.

Fuente: TN

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *