Más exigencias y beneficios para policías

Más exigencias y beneficios para policías

Se reglamentaron requisitos y beneficios incluidos en la modificación de la Ley Policial. Con esto, el Estado apuesta a una policía honesta y trabajadora que defienda el bien común y la seguridad ciudadana.

Hoy salió en el Boletín Oficial el Decreto 955, mediante el cual el Ministerio de Seguridad gestiona la reglamentación de la Ley 6722, que modifica la Ley de Policías 8848. De esta forma se busca que la Policía trabaje en pos de la seguridad de manera que cada ciudadano tenga la certeza de la honestidad y capacidad de los uniformados mendocinos.

Con esta publicación queda vigente el decreto que incluye varios artículos reformados en la Ley 8848, como el artículo 47, donde se indica que los policías recién nombrados serán confirmados en la fuerza policial a los 12 meses si no mediara alguna causa que indique lo contrario de acuerdo a la evaluación realizada por la autoridad pertinente

A esto se le suma la consulta en el Registro de Deudores de Alimentos, de Antecedentes Penales, que también servirán como calificador de su idoneidad policial.

Aspirantes a policías

Otro de los artículos de esta publicación es el 49, que señala al iniciar el ingreso al Instituto Universitario de Seguridad Pública (IUSP) debe tener todos los papeles en regla y cumplir con todos los requisitos, teniendo en cuenta que el examen psicofísico sólo lo podrán realizar en la Junta Médica de Sanidad Policial. Además, deberá presentar el Certificado de Buena Conducta, el Informe Negativo de Causas Pendientes de Resolución Penal y Residencia, como también el informe negativo de delito doloso y la Constancia Negativa del Registro de Obstaculización de Lazos familiares.

Los aspirantes serán evaluados a través de una encuesta vecinal/ambiental realizada por el personal de la dependencia policial que corresponda al domicilio real del interesado, con esto se endurece la reglamentación de ingreso al IUSP asegurando la idoneidad de los futuros policías mendocinos.

En este sentido, la nueva reglamentación considera las equivalencias de materias con otras carreras, que deberá ser resuelta por resolución del Ministerio de Seguridad, previa evaluación del Instituto Universitario de Seguridad Pública. (artículo 188 de la Ley 6722).

Bienes del Estado

Respecto del arma reglamentaria y su extravío, esta regulación prevé el pago por parte del efectivo policial. Lo mismo sucederá con el daño o pérdida de cualquier bien del Estado a manos de los efectivos. Con esto se garantizaría el cuidado y la responsabilidad ante los materiales de trabajo que pertenecen a la Provincia y por ende a cada ciudadano (artículos 100 y 101 de la Ley 6722 y modificatoria).

Autopropuesta

Los efectivos que presenten su autopropuesta, es decir los que quieran elevar su rango policial, deberán contar con un informe donde conste la no existencia de deudas generadas durante el ejercicio de su profesión (artículo 188 bis de la Ley 6722 y modificatorias).

Fuente: Prensa Gobierno de Mendoza

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